Resumen
Con la reforma al constitucionalismo mexicano de 10 de junio de 2011, se actualizó un nuevo paradigma para la protección de los derechos políticos. El concepto de garantías individuales es sustituido por el de derechos humanos, establecido desde la Declaración Universal de 1948 y en las constituciones de algunos países después de la segunda guerra mundial. De lo anterior, podemos entender que los derechos políticos quedan comprendidos dentro de las definiciones de derechos fundamentales y humanos por la amplitud de su connotación. Con estas conceptualizaciones que son parte de la transición jurídica en nuestro país, con las cuales se construye la democracia y el estado constitucional de derecho, nos lleva a reflexionar en las siguientes líneas sobre el nuevo paradigma mexicano de los derechos políticos y su vinculación con el Derecho internacional, particularmente, con el derecho internacional de los derechos humanos.
Referencias
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