EL DESPLAZAMIENTO INTERNO FORZADO EN MÉXICO: INDÍGENAS, LAS VÍCTIMAS INVISIBLES
Artículo 2

Palabras clave

Desplazados
victimas
violencia.

Resumen

El presente tema se abordará desde la responsabilidad estatal de salvaguardar a este grupo en situación de vulnerabilidad, bajo los principios rectores de las víctimas de desplazamiento interno por violencia frente a la incapacidad del Estado Mexicano al prevenir, atender y reparar dicha situación a nivel federal, al tenor de los Derechos humanos.

https://doi.org/10.25009/uj.v0i11.2536
Artículo 2

Citas

Aquino, T. (2008). Hacia la Construcción de Políticas Públicas en Materia de Atención a Grupos Discriminados a Causa del Desplazamiento Forzado de su Lugar de Origen. México: Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (CONAPRED).

Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos A.C., Informe 2018: Episodios de desplazmiento interno forzado masivo en México, México, Enero 2019.

Colombia. (26 de enero de 2019). La defensoría del pueblo colombiano . Obtenido de ¿Quiénes somos?: https://www.defensoria.gov.co/es/public/institucional/5847/¿Qu%C3%ADenes-somos.htm

Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derchos Humanos, A. (2018). Informe 2017: Episodios de Desplazamiento Interno Forzado Masivo en México. México.

Comunidad G Vs. Surinam, 111 (Corte Interamericana de Derechos Humanos 15 de junio de 2005).

Comunidad Indígena Yakye Axa Vs. Paraguay, 164 (Corte Interamericana de Derechos Humanos 17 de junio de 2005).

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 2 (5 de Febrero de 1917).

Cruz, J. (2007). Las Condiciones del Desplazamiento Interno en Chiapas. México: UNAM.

Cuevas, J. R. (22 de Diciembre de 2007). La masacre de Acteal, culminación de una política de Estado contra indígenas. La Jornada.

Familia Barrios Vs. Venezuela, 168 (Corte Interamericana de Derechos Humanos 24 de noviembre de 2011).

Masacre de El Mezote y Lugares Aledaños Vs. El Salvador, 194 (Corte Interamericana de Derechos Humanos 25 de octubre de 2012).

Masacre de Ituango Vs. Colombia, 209 (Corte Interamericana de Derechos Humanos 1 de julio de 2006).

Masacre de Mapiripán Vs. Colombia, 177 (Corte Interamericana de Derechos Humanos 15 de septiembre de 2005).

Masacre de Río Negro Vs. Guatemala, 177 (Corte Interamericana de Derechos Humanos 4 de septiembre de 2012).

Masacre de Santo Domingo Vs. Colombia, 255 (Corte Interamericana de Derchos Humanos 30 de noviembre de 2012).

Mercado, J. (25 de enero de 2019). El Desplazamiento Interno Forzado en México. El Cotidiano, págs. 181-192.

Pérez, B. (2019). Huir de las Violencias: Las Víctimas Ocultas de la Guerra en México, El Caso del Desplazamiento Interno Forzado. Encartes, 112-143.

Rubio, L. (2014). Desplazamiento Interno Inducido por la Violencia: Una Experiencia Global, Una Realidad Mexicana. México : Tres picos.

Ximenes Lópes Vs. Brasil, 125 (Corte Interamericana de Derechos Humanos 4 de julio de 2006).

Zolla, C. (2004). Los Pueblos Indígenas de México, 100 preguntas. México: UNAM.

Los autores declaran que el contenido del manuscrito es original y corresponde a un estudio no publicado previamente, y que además tiene la titularidad en su aspecto moral y patrimonial, que no se presentará a ninguna otra revista o medio semejante antes de conocer el resultado de la dictaminación del Comité Editorial correspondiente, estableciendo aquí el compromiso de no retirarlo y no enviarlo a otra revista o medio semejante hasta que el proceso editorial interno de Universos Jurídicos concluya. Así mismo, debe declarar no tener conflicto de intereses con la institución donde se realizó la investigación o con otra instancia o empresa semejante.

Los autores que publican en esta revista están de acuerdo con los siguientes términos:

  • Los autores aceptan ser responsables por el contenido de sus contribuciones que sean publicadas, así mismo, ceden sus derechos a la Universidad Veracruzana para que el Instituto de Investigaciones en Jurídicas reproduzca, edite, publique, distribuya y ponga a disposición a través de intranets, internet o CD dicha obra, sin limitación alguna de forma o tiempo, siempre y cuando sea sin fines de lucro y con la obligación expresa de respetar y mencionar los derechos morales por el crédito que corresponde a los autores en cualquier utilización que se haga del mismo. garantizan a la revista el derecho de ser la primera publicación del trabajo al igual que licenciado bajo una Creative Commons Attribution License Creative Commons de Reconocimiento – NoComercial – Compartir Igual (by-nc-sa), es decir, no se permite un uso comercial de la obra original ni de las posibles obras derivadas, la distribución de las cuales se debe hacer con una licencia igual a la que regula la obra original, pero se permite a otros compartir el trabajo con un reconocimiento de la autoría del trabajo y la publicación inicial en esta revista.
         
 
  • Los autores pueden establecer por separado acuerdos adicionales para la distribución no exclusiva de la versión de la obra publicada en la revista (por ejemplo, situarlo en un repositorio institucional o publicarlo en un libro), con un reconocimiento de su publicación inicial en esta revista.
 
  • Se permite y se anima a los autores a difundir sus trabajos electrónicamente (por ejemplo, en repositorios institucionales o en su propio sitio web) antes y durante el proceso de envío, ya que puede dar lugar a intercambios productivos, así como a una citación más temprana y mayor de los trabajos publicados (Véase The Effect of Open Access) (en inglés)

Descargas

Los datos de descargas todavía no están disponibles.