Resumen
La educación en derechos humanos es una obligación del Estado que emana de estándares internacionales, los cuales establecen la necesidad de construir una cultura de respeto, protección y defensa de los derechos humanos, por ello, no basta que en las universidades solo se enseñen contenidos teórico-conceptuales y normativos sobre derechos humanos; es necesario promover prácticas y valores dentro y fuera de las aulas universitarias, específicamente en la licenciatura en derecho, para formar en los futuros operadores jurídicos una visión holística de los derechos humanos que les permita responder al nuevo sistema jurídico mexicano. En ese sentido, para el caso de la licenciatura en derecho de la UAEM, se propone implementar un programa de derechos humanos para impulsar en los alumnos actitudes y valores con el fin de que comprendan la problemática del contexto en el que viven, y asuman la responsabilidad de plantear soluciones con perspectiva de derechos humanos.
Abstract: Human rights education is an obligation of the State that emanates from international standards, which has the need to build a culture protection and defense of human rights, therefore, isn´t enough that only theoretical and normative contents of human rights are taught in universities; it´s necessary to promote practices and values inside and outside the university classrooms, specifically in the law degree, to train future lawyers a holistic vision of human rights that allows them to respond to the new Mexican legal system. Thus, in the case of the UAEM law degree, it is proposed to implement a human rights program to promote attitudes and values in students so that they understand the problems of the context in which they live, and assume the responsibility to propose solutions with a human rights perspective.
Citas
ASÚNSOLO MORALES, C. (2018). “La educación en derechos humanos en el ámbito internacional” Curso de metodología de la enseñanza de los derechos humanos I. México: Centro de Estudios sobre la Enseñanza y el Aprendizaje del Derecho A. C.
BÁEZ CORONA, J. F. (2020). La formación jurídica como práctica transformadora. Universos Jurídicos, 184-201. doi:https://doi.org/10.25009/uj.v1i15.2577
BÁEZ CORONA, J. F. (2021). Pedagogía jurídica como acción transformadora. México: FONEIA. doi:doi.org/10.13140/RG.2.2.13494.42568
BORJA SEGADE, C. et. al. (2011) El enfoque basado en derechos humanos. Red en derechos, España: Red en Derechos. En: https://www.aecid.es/Centro-Documentacion/Documentos/Evaluaci%C3%B3n/EvaluacionEBDH%20+%20NIPO+%20logo.pdf
CARBONELL, M. (2017). Los derechos fundamentales en México. México: Porrúa-UNAM- CNDH.
CERDAS, E. (2008). La Educación en Derechos Humanos como proceso de transformación. DEHUIDELA Revista de derechos humanos, pp. 52-59.
COMITÉ NACIONAL DE EDUCACIÓN EN DERECHOS HUMANOS (2006).
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MÉXICANOS (2021). México. En: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/cpeum.htm
CULTURADH (2017). Diagnóstico sobre los programas universitarios en derecho en México, México.
DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN. (10 de junio de 2011).
DECRETO por el que se modifica la denominación del Capítulo I del Título Primero y reforma diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. México.
FACULTAD DE DERECHO UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL ESTADO DE MÉXICO (2015). Plan de Estudios 2015, México. En: http://derecho.uaemex.mx/pdfs/PLAN2015.pdf
LEY GENERAL DE EDUCACIÓN (1993). México. En: https://bit.ly/3pgVL2T
MAGENDZO KOLSTREIN, A. (2015). “Educación en Derechos Humanos y Educación Superior: una perspectiva controversial” Reencuentro, núm. 70, diciembre, pp. 47-69 Universidad Autónoma Metropolitana Unidad Xochimilco México. En: https://www.redalyc.org/pdf/340/34046812004.pdf
OFICINA DEL ALTO COMISIONADO DE NACIONES UNIDAS por los Derechos Humanos (2005). Programa Mundial para la Educación en Derechos Humanos. En: https://bit.ly/3qkttpl
ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA EDUCACIÓN, la Ciencia y la Cultura (2009). Conferencia Mundial de Educación Superior. En: https://pep.unc.edu.ar/wp-content/uploads/sites/46/2017/04/Declaracion_conferencia_Mundial_de_Educacion_Superior_2009.pdf
ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS. (14 de Febrero de 1994). Resolución aprobada por la Aamblea General [sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/48/632/Add.2)] 48/127. Decenio para la educación en la esfera de los derechos humanos. En: https://bit.ly/3dh5DqO
ORGANIZACIÓN DE NACIONES UNIDAS (1996). Plan de acción de las naciones unidas para la educación en la esfera de los derechos humanos, 1995 a 2004: educación en la esfera de los derechos humanos - lecciones para la vida. ONU.
ORGANIZACIÓN DE NACIONES UNIDAS (2011). Declaración de las Naciones Unidas sobre Educación y Formación en Derechos Humanos. En: https://bit.ly/3s7XvNN
PLAN NACIONAL DE EDUCACIÓN EN DERECHOS HUMANOS (2005). México.
SALAZAR, P. (2014). La reforma constitucional sobre derechos humanos. Una guía conceptual. México: Instituto Belisario Domínguez, Senado de la República
SARAMAGO, J. (2010). Democracia y universidad. España: Complutense.
SECRETARIA DE EDUCACIÓN PÚBLICA (2010). Programa Nacional de Educación en Derechos Humanos, México.
SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN (2017). Bases conceptuales para la implementación de la reforma constitucional de derechos humanos en la administración pública federal. México.
SERNA DE LA GARZA, J. (2004). Apuntes sobre las opciones de cambio en la metodología de la enseñanza del Derecho en México. Boletín de Derecho Comparado 1(111). En: http://dx.doi.org/10.22201/iij.24484873e.2004.111.3810
TIBBITTS, F. (2002). “Understanding what we do: emerging models for human rights education” Internacional Review of Education, vol. 48, pp. 163-167.
TUNNERMANN, C. (2016). Educación en derechos humanos en los sistemas educativos. Estudios básicos de Derechos Humanos IX, Costa Rica: Instituto Interamericano de Derechos Humanos, disponible en https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/4/1843/6.pdf
VÁZQUEZ, R. (2008). “Concepciones filosóficas y enseñanza del derecho” Academia. Revista sobre enseñanza del derecho, año 6, núm. 12, pp. 221-237.
Los autores declaran que el contenido del manuscrito es original y corresponde a un estudio no publicado previamente, y que además tiene la titularidad en su aspecto moral y patrimonial, que no se presentará a ninguna otra revista o medio semejante antes de conocer el resultado de la dictaminación del Comité Editorial correspondiente, estableciendo aquí el compromiso de no retirarlo y no enviarlo a otra revista o medio semejante hasta que el proceso editorial interno de Universos Jurídicos concluya. Así mismo, debe declarar no tener conflicto de intereses con la institución donde se realizó la investigación o con otra instancia o empresa semejante.
Los autores que publican en esta revista están de acuerdo con los siguientes términos:
- Los autores aceptan ser responsables por el contenido de sus contribuciones que sean publicadas, así mismo, ceden sus derechos a la Universidad Veracruzana para que el Instituto de Investigaciones en Jurídicas reproduzca, edite, publique, distribuya y ponga a disposición a través de intranets, internet o CD dicha obra, sin limitación alguna de forma o tiempo, siempre y cuando sea sin fines de lucro y con la obligación expresa de respetar y mencionar los derechos morales por el crédito que corresponde a los autores en cualquier utilización que se haga del mismo. garantizan a la revista el derecho de ser la primera publicación del trabajo al igual que licenciado bajo una Creative Commons Attribution License Creative Commons de Reconocimiento – NoComercial – Compartir Igual (by-nc-sa), es decir, no se permite un uso comercial de la obra original ni de las posibles obras derivadas, la distribución de las cuales se debe hacer con una licencia igual a la que regula la obra original, pero se permite a otros compartir el trabajo con un reconocimiento de la autoría del trabajo y la publicación inicial en esta revista.
- Los autores pueden establecer por separado acuerdos adicionales para la distribución no exclusiva de la versión de la obra publicada en la revista (por ejemplo, situarlo en un repositorio institucional o publicarlo en un libro), con un reconocimiento de su publicación inicial en esta revista.
- Se permite y se anima a los autores a difundir sus trabajos electrónicamente (por ejemplo, en repositorios institucionales o en su propio sitio web) antes y durante el proceso de envío, ya que puede dar lugar a intercambios productivos, así como a una citación más temprana y mayor de los trabajos publicados (Véase The Effect of Open Access) (en inglés)